CAZA MENOR EN CASTILLA-LEON
ONG AMBIENTAL | noviembre 2011 | 18:43
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid ha acordado, mediante Auto 1026/2011, la suspensión, como medida cautelar, de los artÃculos 2.1, 3, 6.1 y 9.1 de la Orden MAM/867/2011, de 24 de junio, por la que se aprueba la Orden Anual de Caza, durante la tramitación y resolución definitiva del recurso promovido por Ecologistas en Acción de Castilla y León.
Esta misma Sala, como precedente jurisdiccional, ya dictó el 18 de abril de 2008 la Sentencia nº 642 contra la Orden de 27 de julio de 2002 por la que aprobaba la Orden Anual de Caza de ese año, declarando nulos de pleno derecho los mismos artÃculos, que en su contenido eran idénticos a los suspendidos por el Auto actual. El motivo de la anulación judicial era la ausencia de un marco normativo superior que tenga en cuenta los conocimientos cientÃficos sobre los periodos de reproducción y migración de las especies a las que se puede cazar, conforme a la Directiva comunitaria de Aves.
Los responsables de la ConsejerÃa de Medio Ambiente, lejos de cumplir los postulados del Tribunal, han seguido dictando, con contumacia reiterativa y con pleno conocimiento desde entonces, Ordenes anuales de caza con los mismos artÃculos y contenidos iguales a los declarados nulos de pleno derecho.
Ecologistas en Acción como miembro del Consejo Caza de Castilla y León, año tras año ha reiterado la obligatoriedad de la ConsejerÃa de cumplir las resoluciones judiciales, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho para servir con objetividad a los intereses generales.
La trascendencia del auto, de obligado e inmediato cumplimiento, conlleva la suspensión del artÃculo 2.1, excluyendo como especies cazables todas las especies enumeradas para la caza menor. Por tanto, la temporada de la caza menor en Castilla y León, que finaliza el último domingo de enero, queda suspendida desde este fin de semana hasta que se dicte resolución judicial.
Para la medida cautelar solicitada en la media veda, artÃculo 6.1 y 3, la suspensión ya llega tarde, al haber concluido su periodo hábil:
- Al periodo de indefensión de las especies a consecuencia de la sequia, se suman los datos alarmantes de población para especies como la tórtola europea, que ha disminuido un 39% en la zona centro, la codorniz con una disminución del 53%, según los datos de SEO/Birdlife 2009/2010 del Programa de Seguimiento del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.
- Unos cupos establecidos por cazador y dÃa de 35 piezas para la codorniz y 8 para la tórtola muestran con crudeza una gestión totalmente ajena a criterios de sostenibilidad en la práctica cinegética.









